AIPO ratificó hoy denuncia interpuesta en la Fiscalía
General contra Gobernador de Lara Alcaldesa de Barquisimeto y Guardia
Nacional.
Hoy accionaron nuevamente la organización AIPO en
defensa del colectivo el FRIO del estado Lara, solicitan fundamentalmente,
solicitando a la Señora Fiscala de la República Bolivariana de Venezuela,
con todo el respeto a su investidura lo siguiente: sentimos como ciudadanos,
pueblo, colectivos e individualidades del movimiento popular un frío malestar
al tener que revelarnos contra este tipo de abusos medioevales, alzamos
voluntariamente nuestro rechazo ante los excesos de inconsciencia, no solo por
los torturados en nuestro país, sino del mundo entero que han vivido y viven
la TORTURA. Por lo que le exigimos todo su esfuerzo como autoridad
del sistema judicial lograr justicia en este caso tan bochornoso. En estos
momentos, está en sus manos el procesar un investigación de importancia
histórica para el futuro de de Venezuela para salvaguardar el Estado
Democrático de Derecho, la denuncia interpuesta por AIPO es el asumir una
realidad insoslayable contra la represión y la criminalización del grupo FRIO
del Estado Lara. Consideran que van a cometer una injusticia en contra de los
militantes del FRIO, ya que hay elementos que no quieren ser tomados en cuenta
y que definitivamente si van a juicio seria más que bochornoso, Leer
link sobre documentos entregados hoy ratificando su denuncia introducida el 20
de Marzo del año en curso.
AIPO se vio en la obligación de ampliar su petitorio:
Primero: Solicitamos se nombren los
fiscales pertinentes de Delitos Comunes y Protección de Derechos Humanos, ya
que hasta la fecha no los han nombrado.
Segundo: Solicitamos que las actas policiales de
los expedientes P-2012-2601 y P-2012-2011 a propósito de las declaraciones de
los Guardias Nacionales sean revisadas y valoradas
porque presuntamente están forjadas. Así como se le hagan las experticias
grafológicas pertinentes a dichas actas.
Tercero: Solicitamos el acta declaratoria del
actual Concejal Gabriel Guerrero, que se encontraba en la sala de Sesiones de
La Cámara de la Alcaldía de Iribarren del Estado Lara el día de los hechos sean
valoradas.
En 1999, hubo un giro innegable en el país nacional, al
incorporar al nuevo texto constitucional valores superiores de vida,
jurídicos, sociales y por supuesto la preeminencia de la tutela de los Derechos
Humanos, entre ellos el derecho de asociarse etc. dinamizando socialmente
al pueblo venezolano, de hecho en estos cortos años el pueblo venezolano ha
vivido todo tipo de avatares: golpes, conspiraciones, desabastecimientos
programados y sabotajes contra nuestro Estado, reflejada fundamentalmente en
las luchas intensas por la tierra, por los minerales escasos, el oro,
diamantes, y por los eternos excesos del sector financiero, por abusos
parapoliciales etc etc
PERO NINGUN VENEZOLANO HEMOS DE PERMITIR QUE LA TORTURA
RENOVE SUS VOTOS.
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela.
Yo, FRESIA IPINZA RINCÓN, venezolana, mayor de edad,
civilmente hábil, jurídicamente capaz, titular de la cédula de identidad
Nº 4.128.683 y de este domicilio, actuando en mi propio nombre y en
mi carácter de Presidenta de la Asociación Civil ANTICORRUPCIÓN E
INTERPELACIÓN POPULAR ORGANIZADA (A.I.P.O.), inscrita el 26 de noviembre de
2003 por ante la Oficina Subalterna del Sexto Circuito de Registro del
Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 45, tomo 29, del Cuarto
Trimestre de 2003, asistida en este acto por los abogados en
ejercicio Carlos García y Aramita Padrino inscritos
en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 99.296 y
97.599. Nos dirigimos ante usted con el debido respeto a su altísima
investidura republicana, para RATIFICAR LO DENUNCIADO EN CADO UNO DE LOS
PUNTOS EXPRESADOS en el documento que se introdujo a los veinte (20) días
del mes de MARZO de 2012 ante la FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA en contra de las autoridades del Estado Lara:Gobernador del Estado
Lara ciudadano Henry Falcón, La Alcaldesa de la ciudad de Barquisimeto
ciudadana Amalia Sáez a y el Jefe del Comando Regional Número 4, Gral. Jorge
González Arreaza y al Capitán Rubén Páez responsables de la cometer la
comisión de los delitos de LESA HUMANIDAD, TORTURA, EXCESOS DE CONDUCTAS Y
PLUSVALIA DE PODER, violando así lo refrendadoen la Constitución en los
artículos 2, 19, 23, 29, 31, 46 numeral 1 y Pactos Internacionales suscritos y
ratificados por la República Bolivariana de Venezuela: al torturar, desconocer
y violar el derecho a la vida, integridad física, psíquica y moral de los de
diez y seis (16) ciudadanos: JAVIER WILSON RODRÍGUEZ PARRA, FRANZ ANTERI
RAMÍREZ, JOUNIOR RODRÍGUEZ, ISAAC MELÉNDEZ, ROSMARI GOYO, RICHARD MENDOZA,
CARLOS SIVIERES, NORKIS RODRÍGUEZ, MARILIN ROJAS, JORGE GOYO, JORGE RODRÍGUEZ,
CARLOS PIÑA, RAFAEL RODRÍGUEZ, JONA RICHAR MEDINA, ERASMO ORELLANA, JEAN CARLOS
GALINDES, DANIEL ANTONI GONZALES, recibiendo un oficio de remisión a la
Dirección de Delitos Comunes y Dirección Protección de Derechos Fundamentales ,
enumerado bajo el Nº DGAP-11-1946-80733 de fecha 02 de Abril 2012,(hasta la
fecha de hoy no se han asignado fiscal alguno y solamente mencionan la presunta
participación de funcionarios de la Guardia Nacional omitiendo al gobernador y
alcaldesa prenombradas ut supra ) en el caso del colectivo
denominado Frente Revolucionario de Inquilinos y Ocupantes (FRIO) y
ciudadanos del Estado Lara, colectivo éste defensores de la tierra y de los
desalojos forzosos de inquilinos; criminalizados por ir en defensa de un
grupo de ciudadanos forzosamente desalojados desconociendo básicamente el
Estado de Derecho de los ciudadanos ocupantes de un tierra del Estado,
situación ésta del dominio público y presuntamente bajo la tutela de
FUNCIONARIOS PUBLICOS que evidentemente como lo expresa taxativamente
el Artículo 2. Del Código Civil venezolano: “La ignorancia de la Ley no
excusa de su cumplimiento”. (Negritas y subrayado nuestro).
Señora Fiscala de la República Bolivariana de Venezuela,
con todo el respeto a su investidura, sentimos como ciudadanos, pueblo,
colectivos e individualidades del movimiento popular un frio malestar al tener
que revelarnos contra este tipo de abusos medioevales, alzamos voluntariamente
nuestro rechazo ante los excesos de inconsciencia, no solo por los torturados
en nuestro país, sino del mundo entero que han vivido y viven la TORTURA. Por
lo que le exigimos todo su esfuerzo como autoridad del sistema judicial lograr
justicia en este caso tan bochornoso. En estos momentos, está en sus manos el
procesar un investigación de importancia histórica para el futuro de de
Venezuela para salvaguardar el Estado Democrático de Derecho, la denuncia
interpuesta por AIPO es el asumir una realidad insoslayable contra la represión
y la criminalización del grupo FRIO del Estado Lara.
A cuánta banalización y justificación está sometida
la TORTURA en el mundo geográfico y tipológico, cuyos dueños
absolutos son justamente los que inventaron el Estado-Burgueses, en
nombre de la democracia y la existencia del Estado de Derecho, y que
evidentemente no concuerda con los nuevos criterios de cambio que se ha venido
gestando en Venezuela.
El ADN de la Tortura, es uno de los misterios mejor
guardados por la historia del poder económico-político, que se evidencia por el
uso del PODER COERCITIVO-VIOLENCIA, máxima cuota de poder bajo
el dominio del Estado, es una de las instancias más trágicas del poder como tal
( derecho negativo); aparentemente éstos poderes innovadores lograron que el
hombre: “NO PUDIESE DESARROLLAR UNA AUTORREGULACIÓN SOCIAL IDONEA”, ni le
dieron la oportunidad de escoger el orden y la cantidad de poder a consumir,
como sociedades; por lo que ningún transito civilizatorio ha logrado exponernos
un juicio no abstracto, de lo que debe dominar esencialmente el poder
económico-político y que no. El Secreto, no hablar del prójimo, sus
desigualdades, sórdida y monótona vida…esclavos de las circunstancias como
casas sin puertas.
Es decir, en nuestra básica necesidad de fundamentarnos,
más allá de no haber logrado ponernos de acuerdo en lo que significa tener
reglas claras ¿del por qué existen sociedades con poder y otras sin poder?
tendríamos, que preguntarnos varias cosa, en voz alta: ¿cuándo dejó de existir
el umbral del hombre Neolitizado: sin fe, sin leyes, sin reyes, sin historia,
ni poder político coercitivo y decidieron “civilizarnos”….? Entonces apareció
la sociedad Lobi, con escritura, mercados, historia, Estado, reyes y
gobernantes. Ahora bien, en ese tránsito civilizatorio como causa del poder
económico-político repetimos dejaron en reserva a sociedades con poder y otras
sin poder. Podríamos argumentar sin complicaciones, ni vericuetos morfológicos
sintomáticos: ¿Cuáles son las diferencia y sí verdaderamente existe una
especie de árbol genealógico del Estado Civilizado? En ese Estado civilizado,
aparecieron los valores a competir con las lógicas abstractas, para continuar
civilizando al Estado. Pero, no se ha logrado conciliación alguna y se encamino
más bien al agotamiento del modelo de la inteligencia abstracta empeñada en
mantener una sociedad dominada por dominantes. Es como un estigma, empañada por
la explotación del hombre por el hombre. Explotados por la vanidad, la gloria,
el despecho o porque todo les parece imposible, podemos ejemplizar de la
historia civilizatoria a las cárceles, que asumen a los seres humanos como
mendigos de una masa anónima.
Durkheim se planteo virulentamente: ¿por qué el
poder político supone la diferenciación social, no será en este punto que el
poder político es el que constituye la diferenciación absoluta de la sociedad?
Hacemos esta salvedad para evitar el olvido y no permitir las deformaciones del
neoliberalismo que continúen calificando de manera discriminatoria nuestros
esfuerzos y luchas en el entendido.
La tortura, como elemento coercitivo del Estado, hemos de
dejar de verla ya como un simple pasaje de la vida, o asignación de un destino
y combatirla abiertamente, al igual que despojar del poder a sus innumerables
aliados y adictos. La tortura, sobre todo la que se comete desde el aparato
institucional, es una de las imperfecciones más terribles que puede
incubar una comunidad política, es algo que nadie se atrevería a negar
públicamente. Hoy día, aun no tenemos la posibilidad de conocer sus
estadísticas y enormes repercusiones que inundan miles de páginas de la
historia, llenas de adjetivos y sustantivos que monopoliza y legitiman la
violencia física y mental, y deja ese sello indeleble a la vista del torturado,
familias, comunidades, pero lo más sorprendente de poder hablar, mencionar,
denunciar la tortura…. ese fantasma informe, que gusta producir extrañas
derrotas satánicas, es el cómo se precipita sobre los miedos y la desesperanza
consiente de cada una de las células del cuerpo y el alma. Enclaustra el tiempo
y la sustancia: ¿Cómo escapar del ser o del no ser? es no tener el ser
completo por estar sometido a la muerte animada. Así se provocan los
designios fundados en la prosecución de la desesperanza desgarradora y aleja
los aires de libertad, se extravía la esperanza de esperar algo, el torturador
intenta que dejes de esperar ese algo, que todo lo que hagas lo sientan como
algo perfectamente inútil, por lo que ese torturador oficia en las instancias
donde están tantos recuerdos intangibles: ¡para nada con eso de luchas,
vidas nuevas, terminaran los sueños de esos espíritus torturados para que
habiten el abismo y convertirles en espíritus en pena ¡
Ahora bien, es muy importante se aclare ante la Fiscalía
General de la República Bolivariana de Venezuela que se valore los términos
expresados en nuestra denuncia, donde fueron simultáneamente mencionamos tanto
violaciones de Derechos Constitucionales, así como violaciones de Derechos
Humanos, hacemos la salvedad de que consecuentemente las Constituciones de
muchos los países, normalmente subsume los Derechos Humanos, como es el caso de
nuestra Constitución de 1999 que propuso y se aprobó principios de
Derechos Humanos de quinta generación, lo que implica la profunda
contemporaneidad de su contenido, y en el fondo es una manera de tutelar los
derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses de la Constitución y
las leyes. Asimismo, interviene en la observación activa, el seguimiento y la
denuncia de casos y situaciones relativos a los derechos humanos, civiles,
políticos, económicos, sociales, culturales, comunitarios y de incidencia
colectiva, conjuntamente con los organismos nacionales, provinciales,
municipales y organizaciones de la sociedad civiles vinculados a la temática de
la tortura.
¿Por qué se sirve un ESTADO de ésta herramienta de
control? En Venezuela,NO PUEDE SEGUIRSE UTILIZANDO ESTA INFAME HERRAMIENTA,
porque les recordamos a todos los habitantes del territorio Federal Cooperativo
de Venezuela, que otrora las Constituciones venezolanas fuero el resultado de
excesos ese mundo abstracto, híper pragmático, métododista ampuloso,
jerarquista (fuerzas armadas, administración pública, tribunales y policías),
alienado: que funcionaba como una especie de asociación dominante con carácter
institucional y que durante muchas décadas monopolizó la aplicación de
la VIOLENCIA POR PARTE ESTADO para controlar las masas amorfas y
aquiescentes. No se les reconocían deberes y derechos de CIUDADANOS de primera,
en especial perseguían aquellos que pretendían promover principios y
fundamentos contralores y reguladores al Estado. Estaba prohibido imaginarse
que el Estado tenía que ser un instrumento para satisfacer, los objetivos
y fines de un pueblo. Pueblo invisibles, sin rostro, fue en 1999 cuando el
pueblo venezolano supo lo que realmente implicaba tomar el reto de aprobar una
nueva estructura constitucional, que dispusiese de principios suprematicos, fuerza
normativa y reguladora para poder así, ejercitar su
accionar: participativo, contralor y protagónico, para consustanciarse
entre el “INDIVIDUO, HUMANO, CIUDADANO, a corresponsabilizarse a ser un ENTE
CAPAZ DE TUTELAR LAS POLÍTICAS DEL ESTADO Y ALCANZAR UN DESARROLLO
ARMÓNICO E INTEGRAL DEL IDEARIO POLÍTICO, CON EL OBJETO DE AMPLIAR Y
REFORZAR LOS PROCESO NECESARIOS SOCIAL-POLÍTICO-HISTÓRICOS.
Actualmente, en nuestro hemisferio todavía nos
encontramos con Constituciones donde la soberanía reside esencialmente en la
Soberanía Nacional como: Argentina, México, o en la Nación como: Costa Rica,
Haití, Chile. Pero resulta ser que en Venezuela, la Constitución de 1999, la
mayoría de los ciudadanos votantes aprobaron su articulado por lo que cabe
mencionar entre ellos el quedo refrendado el Artículo 5. “La
soberanía resideintransferiblemente en el pueblo…”; es decir es la forma y
manera de garantizar que los fines del Estado estén al servicio del
pueblo y no a la inversa, como lo pretendieron Gobernador del Estado Lara
ciudadano Henry Falcón, La Alcaldesa de la ciudad de Barquisimeto ciudadana
Amalia Sáez a y el Jefe del Comando Regional Número 4, Gral. Jorge González
Arreaza y Capitán Rubén Páez al desconocer descaradamente a la
Constitución.
En 1999, hubo un giro innegable en el país nacional,
al incorporar al nuevo texto constitucional valores superiores de vida,
jurídicos, sociales y por supuesto la preeminencia de la tutela de los Derechos
Humanos, entre ellos el derecho de asociarse etc. dinamizando socialmente
al pueblo venezolano, de hecho en estos cortos años el pueblo venezolano ha
vivido todo tipo de avatares: golpes, conspiraciones, desabastecimientos
programados y sabotajes contra nuestro Estado, reflejada fundamentalmente en
las luchas intensas por la tierra, por los minerales escasos, el oro,
diamantes, y por los eternos excesos del sector financiero, por abusos
parapoliciales etc etc
PERO NINGUN VENEZOLANO HEMOS DE PERMITIR QUE LA TORTURA
RENOVE SUS VOTOS.
Es consabido, que la creación de novedosos criterios
constitucionales ha generado malestar en sectores clasistas, desubicados
temporo-espacialmente, incluso actualmente muchos de ellos tienen enormes
cuotas de poder y son parte del aparato Estado, lo grave es que aun no asimilan
el sentido de esos nuevos deberes y derechos que el pueblo está asumiendo para
lograr la creación legitima de un nuevo Estado, que satisfaga las enormes
necesidades y deudas sociales que dejaron los desvencijados gobernantes al
pueblo venezolano, en complicidad con de las débiles castas políticas, que aun
hoy día no han permitido se desarrollen los proyectos sociales, desestimando
así las casi tímidas políticas de Estado que no terminan de fraguar. Para estos
sectores, el pecado mayor contentivo en la nueva carta magna: es la osadía de
considerar como fin la Igualdad de oportunidades y el principio de
Equidad
Nuestra Constitución en uno de los reconocimientos
valiosos y transformadores socialmente hablando: es de poseer el derecho al
libre desenvolvimiento de la personalidad y a la igualdad, y el de
censurar la pasividad, la indiferencia y LA FALTA DE SOLIDARIDAD en el orden
social. No obstante hemos de invocar en mayúscula, nuestra Constitución,
(aclamada por muchos pueblos del mundo) posea de forma determinante como
resultado:“EL NO PERMITIR QUE NADIE PUEDA ANULAR O MENOSESCABAR EL
RECONOCIMIENTO, EL GOCE O EJERCICIO EN CONDICIÓN DE IGUALDADES DE LO DERECHOS Y
LIBERTADES DE TODA PERSONA. Por esto y miles de lógicas más la “TORTURA TIENE
QUE SER PENADA AL QUE LA APLICA Y AL QUE INSTIGA APLICARLA” como consta en
el artículo 16, aparte uno, en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Quizás tendríamos que concluir
resumiendo de todo lo antes expresado hay dos cosas vitales que un ser humano
no debe obviar jamás: para que surja un nuevo orden mundial verdadero deberán
desaparecer las clases sociales de los sistemas ya decadentes y renovar su
sentido de pertenecía por otro lado aprender que vivir dentro de la fragilidad
permanente exige el equilibrio.
Hemos de anexar (anexo 1) un documento dirigido y
entregado al Presidente de la Dirección de la Magistratura. Magistrado
Juan José Mendoza de fecha 12 de Abril del año en curso, así como un video
donde usted podrá apreciar los hechos (anexo2) como realmente sucedieron.
Primero: Solicitamos se nombren los fiscales
pertinentes de Delitos Comunes y Protección de Derechos Humanos, ya que hasta
la fecha no los han nombrado.
Segundo: Solicitamos que las actas policiales de los
expedientes P-2012-2601 y P-2012-2011 a propósito de las declaraciones de los
Guardias Nacionales sean revisadas y valoradas porque presuntamente están
forjadas. Así como se le hagan las experticias grafológicas pertinentes a
dichas actas.
Tercero: Solicitamos el acta declaratoria del actual
Concejal Gabriel Guerrero, que se encontraba en la sala de Sesiones de La
Cámara de la Alcaldía de Iribarren del Estado Lara el día de los hechos sean
valoradas.
Cuarto: Solicitamos se nombre y delegue un Fiscal
Nacional con competencia de DERECHOS FUNDAMENTALES para que tome las medidas
conducentes a garantizar la integridad y la libertad de todas las víctimas en
éste caso signado bajo el expediente P-2012-2601 y P-2012-2011. Solicitud que
hacemos de conformidad con Artículo 82 de la Ley Orgánica del Ministerio
Publico
Quinto: Solicitamos se nombre un Fiscal Nacional con
competencia de DERECHOS FUNDAMENTALES para que se abra una investigación
contra las autoridades del Estado Lara: Gobernador del Estado Lara
ciudadano HenryFalcón, La Alcaldesa de la ciudad de Barquisimeto ciudadana
Amalia Sáez a y el Jefe del Comando Regional Número 4, Gral. Jorge González
Arreaza y al Capitán Rubén Páez: por presuntamente ser responsables de la
cometer la comisión de los delitos de LESA HUMANIDAD, TORTURA, EXCESOS DE
CONDUCTAS Y PLUSVALIA DE PODER, violando así lo refrendado en la
Constitución en los artículos 2, 19, 23, 29, 31, 46 numeral 1 y Pactos
Internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de
Venezuela: al torturar, desconocer y violar el derecho a la vida, integridad
física, psíquica y moral de los de diez y seis (16) ciudadanos: JAVIER
WILSON RODRÍGUEZ PARRA, FRANZ ANTERI RAMÍREZ, JOUNIOR RODRÍGUEZ, ISAAC
MELÉNDEZ, ROSMARI GOYO, RICHARD MENDOZA, CARLOS SIVIERES, NORKIS RODRÍGUEZ, MARILIN
ROJAS, JORGE GOYO, JORGE RODRÍGUEZ, CARLOS PIÑA, RAFAEL RODRÍGUEZ, JONA RICHAR
MEDINA, ERASMO ORELLANA, JEAN CARLOS GALINDES, DANIEL ANTONI GONZALES
Sexto: Solicitamos a la Fiscala 4ta, nos responda si
la valoración del delito o delitos presuntamente cometidos por los ciudadanos
ut supra mencionados, fueron aportados solamente por los aprehensores
GNB y si éstos sabían el porqué estos ciudadanos eran merecedores de aplicares
la privativa de libertad o simplemente cumplían órdenes de un superior.
Séptimo: Solicitamos a la Dirección de Derechos
Fundamentales nos informen si fue abierta alguna investigación de los hechos
ocurridos el domingo para lunes del 12 de marzo de 2012, sobre un
desalojo forzoso de aproximadamente 300 familias sin vivienda, en las cuales
fueron sometidos a hechos violentos y detenidos a cuatro personas que
presuntamente les fueron violación sus Derechos Humanos por parte de
efectivos de GNB al mando del General Jefe del Comando Regional Nª 4 Jorge
González Arreaza.
De conformidad con el ARTÍCULO 300 del CÓDIGO ORGÁNICO
PROCESAL PENAL solicitamos que el MINISTERIO PÚBLICO a su digno cargo ordene de
inmediato el inicio de la investigación y así mismo que disponga que se
practiquen todas las diligencias necesarias, experticias, dictámenes para hacer
constar las circunstancias a que se contrae el ARTÍCULO 283 Ejusdem.
Es Justicia, en CARACAS a los veinte y seis (26) días del
mes de ABRIL de 2012.-
Asociación Civil “ANTI-CORRUPCIÓN E INTERPELACIÓN POPULAR
ORGANIZADA (A.I.P.O)” : cuyo domicilio procesal de la organización está en
Avenida Urdaneta, Edf Sudameris planta baja en: ubicable por los
teléfonos Signado 0414-1280397 y 02125640354