TAMBIÉN NOS ALEGRAMOS
CUANDO en el Aló Presidente del domingo 24 de Agosto de 2008 ordenó el pago de las bienhechurías de las haciendas rescatadas por los Yukpa y la delimitación de sus tierras a la Ministra del Ambiente
La demarcación de los territorios indígenas no puede ser interpretada como entrega de minúsculos espacios donde tienen sus casas o (pequeños sembrados), pero las tierras que son su fuente de alimento, y de vida conforme a sus costumbres, permanecen secuestradas"
NOS ALEGRAMOS
por las oportunidades en que el comandante se ha pronunciado de manera crítica contra la explotación de carbón, entre ellas:
Caracas, miércoles 24 de mayo de 2006, en el Salón Ayacucho Palacio de Miraflores,
Maracaibo sábado, 10 de junio en la Plaza de Toros,
Nueva Esparta, viernes 17 de noviembre de 2006 la Misión Revolución Energética,
En Anzoátegui en el Complejo Industrial G/D José A. Anzoátegui el 1 de Mayo de 2007.
Cuando el desarrollismo es mas importante que el ser humano
500 años después se mantiene vigente La Práctica Malinche
500 años después La Lucha Continua
Territorio, autonomía, dignidad
SIN EMBARGO
Nos Alegramos por la Nacionalización progresiva de la Banca
Nos Alegramos por la Lucha y devolución de la Tierra a los campesinos
Nos Alegramos por la Incorporación de Los trabajadores a la gestión y Control de las Empresas
Nos Alegramos por la Protección de los suelos marinos al evitar la pesca de Arrastre
Nos Alegramos por la orden de nacionalizar varias compañías del sector briquetero, de hierro y fábricas de cerámica en el estado sureño de Bolívar
A luchar contra las mafias, la corrupción, la mala gerencia, contra las desviaciones y los vicios de la cuarta República”, porque “son una amenaza contra la revolución socialista”
Nos Alegramos por el apoyo y Solidaridad Latinoamericana
Ya no se trata de la lucha contra l@s Europe@s
Es la continuación de la Lucha contra l@s Hereder@s de est@s
Quienes a través del poder circunstancial que obtienen por el cargo en un ministerio siguen con la practica Malinche de traición a su mismo pueblo
Con Rango Constitucional
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Capítulo VIII
De los Derechos de los pueblos indígenas
Artículo 119. El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.
Artículo 120. El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a esta Constitución y a la ley.
Artículo 123. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio; sus actividades productivas tradicionales, su participación en la economía nacional y a definir sus prioridades. Los pueblos indígenas tienen derecho a servicios de formación profesional y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a los pueblos indígenas el goce de los derechos que confiere la legislación laboral.
Artículo 126. Los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único, soberano e indivisible. De conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad y la soberanía nacional.
El término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional.
“Debemos darle un sacudón interno a las estructuras del Gobierno... Que la fuerza que tengan, la pongan en práctica para sacudir las estructuras del Gobierno”
“Este reimpulso del Gobierno, debe llegar a sus escalones intermedios y a los escalones municipales, para fundar el estado nuevo para el socialismo bolivariano”
“Tenemos que ser eficaces, tenemos que hacer las cosas y hacerlas bien. Debemos tener eficiencia en el Gobierno. Levantemos la eficiencia, seamos eficientes para esto se requiere mucho método, mucha planificación”
“Debemos planificar al detalle pero debemos vigilar que se cumpla y para ello debemos tener compromiso, y una alta calidad revolucionaria y socialista en lo teórico y lo práctico”
Hugo Rafael Chavez Frías.
Instalación del II Consejo Ampliado de Ministros.
Por: Omar Cárdenas (EL COMA)