Por: GTAI-ULA
Ante los hechos que vienen aconteciendo en el Estado
Amazonas, en el Municipio Alto Orinoco, donde se produjo una nueva masacre al
pueblo Yanomami de la comunidad Irothateri, en las cabeceras del río Ocamo, el
Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI), grupo de investigación
académica y de acción social adscrito al Centro de Estudios Políticos y
Sociales de América Latina (CEPSAL), de la Universidad de Los Andes
en Mérida, Venezuela, desea expresar lo que sigue:
1.- Que desde el 27 de julio de 2012 la
organización Yanomami Horonami denunció ante la 52 Brigada de la
Guarnición Militar de Selva con sede en Puerto Ayacucho, la presencia de
garimpeiros y la quema de dos Shaponos Yanomami en la comunidad de Irotatheri.
2.- Que el 27 de agosto de 2012 de nuevo la
organización Yanomami Horonami solicitó ante la Fiscalía Superior del
Estado Amazonas, el esclarecimiento del “…asesinato de un grupo indeterminado
de indígenas Yanomami…” en la comunidad de Irotatheri.
3.- Que en la misma fecha las organizaciones
indígenas de base del Estado Amazonas aglutinadas en la Coordinadora de
Organizaciones Indígenas del Estado Amazonas (COIAM), hizo un pronunciamiento
público sobre la masacre de indígenas Yanomami
ocurrida en el Alto Orinoco.
4.- Que en fecha 27 de agosto de 2012 la
organización Yanomami Horonami introdujo igual denuncia en la Defensoría del
Pueblo Delegado del Estado Amazonas.
5.- Que para nadie es un secreto que el pueblo
Yanomami es uno de los grupos indígenas más
vulnerables de nuestro país y que distintas instituciones a
nivel nacional e internacional, desde hace mucho tiempo, vienen denunciando su
condición de extrema
fragilidad.
6.- Que esta nueva masacre ocurre casi veinte
años después de la matanza de Haximú la cual, en el ámbito del sistema
interamericano de protección de los derechos humanos, estableció
responsabilidades al Estado venezolano y cuyo resarcimiento ha venido siendo
cumplido por el actual gobierno nacional.
7.- Que desde la muerte en el año 2008 del
Cacique Yukpa Manuel Romero Izarra, quien fuera padre del Cacique Yukpa Sabino
Romero, existe hasta hoy en día una peligrosa tendencia y manifestaciones
perversas de genocidios silenciosos donde las culturas indígenas tienden a
desaparecer.
8.- Que si bien la masacre fue llevada a cabo
por garimpeiros transnacionales el Estado tiene el deber de investigar para
evitar cualquier complicidad.
9.- Que lamentablemente todo esto ocurre porque
el Estado venezolano sigue sin entender el carácter de la demarcación, el
contenido del artículo 119 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV) y el derecho al territorio de los pueblos
y comunidades indígenas del país, el cual se fundamenta en las condiciones
necesarias que deben ser creadas para garantizar sus formas de vida.
10.- Que resulta insólito e incomprensible que
el Estado venezolano entregue títulos sin demarcaciones previas o que, luego
del reconocimiento de las tierras indígenas, enseguida se inicien asesinatos
contra indígenas quienes son sujetos de derechos territoriales.
11.- Que existe una alarmante espiral de
violencia en los territorios indígenas la cual cada vez más resulta
incontrolable por parte de las autoridades nacionales dando cuenta de un enorme
vacío institucional en las zonas indígenas.
En virtud de lo antes expuesto y por el compromiso del GTAI
con los pueblos y comunidades indígenas del país, propone:
1.- La conformación de una comisión de alto
nivel con representación de las organizaciones indígenas de base amazónicas
aglutinadas en la COIAM, especialmente de la organización Yanomami
Horonami, para que haga una averiguación de manera imparcial y profunda que
llegue hasta la zona de los acontecimientos, es decir a la comunidad de
Irotatheri, pues la comisión encabezada por la Ministra Nicia Maldonado
sólo llegó a la comunidad de Momoi la cual se encuentra a cinco días de camino
del lugar de la masacre.
2.- La validación inmediata de todos los
procesos de autodemarcación realizados por los pueblos y comunidades indígenas
de Venezuela.
3.- La creación de las condiciones necesarias,
de conformidad con el artículo 21 de la CRBV, para que aquellos pueblos y
comunidades indígenas del país que aún no hayan realizado su autodemarcación
puedan iniciarla en tiempo perentorio.
4.- Darle rango Presidencial a la
autodemarcación para su pronta materialización sirviendo de soporte a la
demarcación, y que ella a su vez se sustente en Planes de Vida definidos y
construidos desde la propia cosmovisión indígena.
5. La disposición del GTAI, como lo ha hecho
hasta ahora, junto a otros expertos y aliados nacionales de los pueblos y
comunidades indígenas del país, a facilitar cualquier proceso de apoyo,
mediación y construcción de consensos entre partes interesadas, para la
definitiva realización de los derechos territoriales indígenas en Venezuela a
objeto de que estos dejen de ser derechos pendientes.
En Mérida, Venezuela, el 4 de Septiembre de 2012
Profesor. Vladimir Aguilar
Profesora. Linda Bustillos
Abogada. Betty Cañas
Politóloga. Lucia Valeri