jueves, 9 de septiembre de 2010
Si l@s diputad@s del Táchira leyeran la constitución del Estado...
La Constitución del Estado Dice: Art. 152 Numeral 18.Corresponde al Gobernador, “…Ejercer, en su carácter de Comandante en Jefe de la Policía del Estado, la suprema autoridad jerárquica de la misma y adoptar las medidas necesarias para la seguridad y defensa del Estado, la soberanía e integridad del territorio.
NATA. agencia de Noticias Alternativas TAchira