Sociedad Homo et Natura
Luego de la prolongación (07 y
18/02/ y 05/03/2013) de la fase de sustanciación de la Audiencia Preliminar la
Ciudadana Jueza Oviedo Contreras del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito
Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
ordena la continuidad del juicio, ya que las razones emitidas por los abogados
defensores de la Sociedad Homo et Natura y de Provea relacionadas con la
extemporaneidad de la acción y vicios procesales son “cuestiones de fondo” que
exceden las funciones de dicho Tribunal, que se encarga de resolver sólo
“cuestiones formales”.
Resulta contradictoria la
posición de la ciudadana Jueza Oviedo Contreras al afirmar que en la Audiencia
Preliminar sólo atiende “cuestiones formales”, cuando ella misma en la
audiencia realizada el lunes 18 de febrero de 2013 citó a la Defensora Pública
la abogada Amelia Rodríguez y a la abogada Yasmín López Defensora Pública
Indígena para conocer otras opiniones acerca de las costumbres de los pueblos
indígenas; entonces si se trataba de cuestiones de fondo. Las exposiciones de
las abogadas Defensoras Públicas coincidieron con parte de las razones emitidas
por el profesor Lusbi Portillo y de los abogados de la Sociedad Homo et Natura
y Provea en la audiencia del 7 de febrero: las costumbres de los Yukpa es
movilizarse siempre con sus hijos, lo extemporáneo de dicho juicio y los vicios
procesales.
El martes 14 del mes en curso a
las 9 de la mañana está pautado el Juicio contra el dirigente social y
ecologista Lusbi Portillo en representación de la organización Social Homo et
Natura por una Acción de Protección en su contra introducida por el Fiscal 106
del Ministerio Público, Ramón Lizcano, así también contra el abogado Marino
Alvarado de la Asociación Civil Programa Venezolano de Educción Acción en Derechos
Humanos- Provea.
Se les acusa de haber puesto en
riesgo a 50 niños, niñas y adolescentes, en julio de 2010, cuando sus
familiares se concentraron frente a la puerta principal del Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) por 11 días exigiendo, ya que habían pasado 6 meses, que la Sala
Constitucional se pronunciara sobre un Recurso de Amparo introducido el 24 de
noviembre de 2009 por el Dr. Ricardo Colmenares, uno de los abogados Ad Honorem
de Sabino Romero Izarra y Alexander Fernández Fernández, por haberse violado el
Artículo 260 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde
el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del
Municipio Rosario de Perijá del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a
cargo de la Jueza Judith Esperanza Rojas, y la Sala Nº 2 de la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia.
Desde que el Juicio Preliminar se
inicia el 15 de enero de 2010 en el Juzgado de Primera Instancia de la Villa
del Rosario, los abogados Leonel Galindo y Ricardo Colmenares argumentaron que
según el artículo 260 cuando ocurre un hecho violento en territorio indígena,
entre indígenas, y existe ley y encargados indígena de ejercerlas, entonces es
ventilado dicho conflicto por la ley especial indígena y no ordinaria. Por lo
tanto el paso inmediato era introducir un recurso de Amparo ante la Sala
Constitucional del TSJ, cuya Magistrada Presidenta era la Dra. Luisa Estela
Morales Lamuño, quien a su vez era la Magistrada Presidenta del mismo TSJ. Pero
tan importante señora no decidía o respondía, ni entendía mucho menos las
visitas y protestas de más de 60 familiares, dirigentes Yukpa y sociales, que
en dos oportunidades se habían concentrado frente a la puerta principal del TSJ
exigiendo justicia y respeto a la Constitución Bolivariana y que en la tercera
oportunidad decidieron plantarse frente a la puerta principal del TSJ hasta
tanto la señora magistrada de doble función, no se pronunciara para decidir si
a Sabino y Alexander, y por tanto a Olegario Romero Romero, se les juzgaría por
justicia Yukpa o por justicia ordinaria o “Ley Romana”, como decía Sabino. Es
la señora magistrada Morales Lamuño la que debería ser enjuiciada por violar y
dejar violar la Constitución Bolivariana, pues debía haberse pronunciado en 3 o
4 días y no a los 6 meses, luego de 11 días de presión, hecho que deviene en un
nuevo juicio en contra de dos organizaciones defensoras de los Derechos Humanos
en Venezuela.
En sentencia Nº 810 de fecha 30
de julio de 2010, la Sala Constitucional del TSJ inadmitió la Acción de Amparo
que interpusiéramos en nombre de los indígenas Sabino Romero Izarra y Alexander
Fernández Fernández, en contra de la decisión de fecha 24 de noviembre de 2009,
signada con el Nº 436-09, emanada de la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones
del Circuito Judicial del Estado Zulia, que declaró sin lugar los recursos de
apelación de todos los defensores respecto del motivo de la competencia
material, negando declinar a la jurisdicción indígena y confirmando la decisión
de la primera instancia de mantener el conocimiento de la causa en la
jurisdicción penal ordinaria. La sentencia no decía otra cosa que en el juicio
a realizarse en Trujillo, los abogados Galindo y Colmenares podrían hacer el
mismo planteamiento, es decir la Sala Constitucional el 30 julio de 2010 se
lavó las manos como hizo el 5 de marzo de 2013 en la Audiencia Preliminar la
Ciudadana Jueza Oviedo Contreras del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito
Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción
Internacional.
Pero ya días antes al
pronunciamiento de la señora magistrada Morales Lamuño, la Sala Penal a cargo
de un Magistrado de mucha confianza de ciertos personeros del chavismo y tribus
judiciales dejadas cuando Miquelena, el Dr. Aponte Aponte (hoy “odiado” por
vínculos con el narcotráfico y prófugo de la justicia) por presión de unas
manos peludas que conocemos muy bien, traslada el juicio del Tribunal de Juicio
de Maracaibo a cargo de la Jueza Quinta Ericka Carroz al Circuito Judicial de
Trujillo y a Sabino, Alexander y a Olegario Romero Romero lo sacan del Fuerte
Macoa de Machiques a cargo del General Izquierdo Torres y los trasladan a nada
menos que la cárcel Nacional de Trujillo, violando todas sus garantías y
consideraciones que le correspondían según la constitución, la Ley Orgánica de
los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las
Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros
cuerpos jurídicos internacionales, ratificados. Cuando de la Villa del Rosario
pasa el juicio a Maracaibo en la primera audiencia afirma la Jueza Carroz que
ella declina el juicio por no pertenecer a la justicia ordinaria, sino a la
justicia indígena Yukpa. Dice además que los Yukpa deberían ser reubicados en
un sitio apropiado en sus comunidades, en la Sierra de Perijá. Los 7 Fiscales
del Ministerio Público, orientados por el Fiscal Víctor Raúl Valbuena,
comenzaron a gritar y a ofender a la señora jueza.
Este es un estado cruel y
colonial. Por esas razones y por otras tantas más ya expuestas en otros
artículos este Gobierno en nombre del Comandante Hugo Chávez debe pedirle perdón
a Sabino y a Alexander, quizás si estuvieran vivos ambos, a estas alturas de
esta larga lucha, el Presidente Chávez ya le hubiese pedido perdón a Sabino o
ya hubiesen aparecido los que le pagaron a los asesinos y además se hubiesen
comenzado a pagar todas las 70 haciendas y más de 1000 parcelas invasoras de su
territorio.
El 24 de Mayo de este año se
vence el plazo de los 60 días que el señor Canciller Elías Jaua prometió en su
despacho a Sabino hijo, a su viuda e hijos, a Carmen Fernández, mamá de Alexander
y José Luis, y a los Caciques del Centro Originario Chaktapa, Kuse, Karañi,
Citakai, Guamo y Chaktapa.
Debe demandarse al Estado ante
instancias internacionales por violar estos derechos del pueblo Yukpa, en este
caso los familiares de Sabino y Alexander, asesinados por incumplimiento de la
constitución y las leyes, fue el Estado gobierno quien creo por omisión y
negligencias las condiciones para que asesinaran a Sabino y Alexander, y otros
dirigentes Yukpa, todos del Centro Originario Chaktapa. A más de 2 meses del
asesinato del último dirigente, el Cacique Romero Izarra, ni el Ministerio
Público ni el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz/CICPC
determinan quiénes pagaron los asesinatos de Sabino, o de Alexander; dice el
Gobernador del Zulia que ya están identificados los sicarios, pero también es
vox populi en Machiques que “hay mucho dinero por el medio”, o sea nunca
sabremos quien mandó a asesinar a Sabino, Alexander, José Luis, Leonel,
Lorenzo, Wilfrido, Darío Segundo y el viejo José Manuel Romero, padre de
Sabino.
Pero lo que sí sabemos es que por
ser solidarios con esta lucha del pueblo Yukpa, por estar convencidos de que es
totalmente justa, el 14 de Mayo vamos a un juicio que en el año 2010 promovió
llena de impotencia, la exministra indígena Nicia Maldonado por orden de otros
ministros.